Toda la información en un solo lugar

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Al pensionarte puedes acceder a distintos beneficios del estado, estos dependen de las características particulares de cada persona. Es importante contar con el Registro Social de Hogares (RSH) con el fin de tener claridad a que beneficios puedes acceder.

Registro Social de Hogares (RSH)

El Registro Social de Hogares es un sistema de información cuyo fin es apoyar los procesos de selección de beneficiarios de un conjunto amplio de subsidios y programas sociales. Es construido con datos aportados por el hogar y bases administrativas que posee el Estado.

¿Cual es la importancia del Registro Social de Hogares?

Entrega la Calificación Socioeconómica de tu hogar, lo cual te permite acceder a distintos Beneficios Estatales. Realizar RSH
Paso a paso para realizar el Registro Social de Hogares en línea Aquí
Estos son algunos de los principales beneficios fiscales:
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio del Estado que reemplaza a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) y al Aporte Previsional Solidario de Vejez (Pilar Solidario), cuyo pago mensual está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS). Para conocer el monto de la PGU, puedes visitar el sitio web de ChileAtiende.
¿Cómo postular a la Pensión Garantizada Universal?
Se puede postular a la Pensión Garantizada Universal de manera gratuita y online con el RUT y la Clave Única ingresando aquí
Requisitos
  • Tener 65 años o más de edad.
  • No integrar el 10% más rico de la población, lo que se acredita mediante el Puntaje de Focalización Previsional, que considera algunos datos del Registro Social de Hogares (RSH), además de información relacionada con los ingresos y necesidades del grupo familiar  y de los y las postulantes.
  • Acreditar residencia en territorio chileno, cumpliendo simultáneamente las siguientes condiciones: – Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que cumpliste 20 años de edad, y – Un período no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud del beneficio.
  • Tener una pensión base menor, hoy, a $1.158.355, conformada por la suma de la Pensión Autofinanciada (PAFE), que calcula la AFP, junto a las demás pensiones que recibes.
Importante:
  • Podrás acceder a la PGU si cumples los requisitos mencionados antes, sin importar si continúas trabajando, te has pensionado o recibes una pensión de algún régimen previsional (AFP o ex caja de previsión social), aunque en este último caso, tienes que considerar que las pensiones percibidas se suman a la pensión base que sirve para calcular el monto del beneficio.
  • Las personas imponentes o pensionadas de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros (Dipreca) no tienen derecho a la PGU (Ley Nº 20.255).
  • Los y las titulares de PGU, pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan con los requisitos para ser causantes del sistema; y siempre considerando el tramo de ingresos del beneficiario, para acceder al monto de la asignación.

El bono invierno es un beneficio monetario que se ha venido entregando a los pensionados desde el año 2008 y que busca apoyar económicamente a los adultos mayores para poder solventar de mejor manera el aumento de gastos que se produce a causa de la época invernal. Este bono usualmente se paga en el mes de mayo junto con la pensión.

Cabe señalar que este beneficio se revisa año a año por parte del Gobierno, y que tanto su procedencia como sus condiciones pueden cambiar. De todos modos, te informamos los requisitos que tiene actualmente:

A continuación, te contamos algunos de los requisitos que existen para poder postular a este beneficio:

  • Tener 65 años cumpidos en adelante
  • Estar afiliado a alguna de las siguientes instituciones:
    – Instituto de Previsión Social (IPS)
    – Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
    – Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
    – Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
    – Mutualidades de empleadores.
    – Pensionados y pensionadas del sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o PGU.
    – Beneficiarios y beneficiarias de PGU.
  • Recibir una pensión inferior o igual al valor de la Pensión Mínima de Vejez vigente a la época del beneficio.

Para mayor información, puedes visitar el sitio del Instituto de Previsión Social (IPS) o de Chile Atiende.

Es un beneficio que incrementa el monto de la pensión de la mujer a través de la entrega de una bonificación por cada hija o hijo que haya nacido vivo o que haya sido adoptado, es decir, no se paga al momento del nacimiento, sino que junto a su pensión.
En caso de hijos adoptados, el beneficio se genera tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.
Para mayor información de montos y requisitos de invitamos visitar página de Chile atiende. 

Puedes revisar otros beneficios en la página de Chileatiende.
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