Retiro Programado
En esta modalidad, tu fondo de pensión es mantenido y administrado por la AFP y todos los meses recibirás un monto mensual como pensión. Tu pensión se recalculará año a año, variando su monto. Con el paso de los años, irá bajando.
Además, la AFP seguirá invirtiendo tus ahorros previsionales, por lo que éstos podrán subir o bajar, dependiendo del comportamiento de los fondos en los que éstos estén invertidos.
Bajo esta alternativa, los fondos siguen siendo de tu propiedad. De todos modos, ten presente que la AFP irá año a año recalculando el monto de la nueva pensión a la que tendrás derecho por ese año, considerando que a medida que vas avanzando en edad, los fondos te alcancen para recibir pensión por los nuevos posibles años de vida que te irán quedando según las tablas de expectativas de vida. Así la regla general es que tu pensión vaya disminuyendo con el paso de los años.
En esta modalidad, tu fondo de pensión es mantenido y administrado por la AFP y todos los meses recibirás un monto mensual como pensión. Tu pensión se recalculará año a año, variando su monto. Con el paso de los años, irá bajando.
Además, la AFP seguirá invirtiendo tus ahorros previsionales, por lo que éstos podrán subir o bajar, dependiendo del comportamiento de los fondos en los que éstos estén invertidos.
Bajo esta alternativa, los fondos siguen siendo de tu propiedad. De todos modos, ten presente que la AFP irá año a año recalculando el monto de la nueva pensión a la que tendrás derecho por ese año, considerando que a medida que vas avanzando en edad, los fondos te alcancen para recibir pensión por los nuevos posibles años de vida que te irán quedando según las tablas de expectativas de vida. Así la regla general es que tu pensión vaya disminuyendo con el paso de los años.
Debes saber que:
-
En Retiro Programado el monto de tu pensión varía cada año, pues se recalcula considerando los ahorros que te quedan, la ganancia o pérdida que tuvieron esos ahorros, la nueva tasa de interés fijada para ese cálculo, tus nuevas expectativa de vida y la de tus beneficiarios legales.
-
Si optas por esta modalidad puedes cambiarte a una Renta Vitalicia en cualquier momento, siempre y cuando tu pensión pactada sea igual o mayor a la mínima exigida (actualmente 2 UF ).
-
Si falleces y aún quedan fondos de tus ahorros, tus beneficiarios de pensión recibirán una pensión de sobrevivencia. Los beneficiarios y los porcentajes que le corresponderá a cada uno están establecidos por ley, y son los mismos que se aplican para la modalidad Renta Vitalicia.
-
Si falleces y no existen beneficiarios de pensión, pero aún quedan fondos de tus ahorros, éstos se pagarán como herencia a tus herederos legales.