Beneficios fiscales
Al pensionarte puedes acceder a distintos beneficios del estado, estos dependen de las características particulares de cada persona. Es importante contar con el Registro Social de Hogares (RSH) con el fin de tener claridad a que beneficios puedes acceder.
Registro Social de Hogares (RSH)
El Registro Social de Hogares es un sistema de información cuyo fin es apoyar los procesos de selección de beneficiarios de un conjunto amplio de subsidios y programas sociales. Es construido con datos aportados por el hogar y bases administrativas que posee el Estado.
¿Cual es la importancia del Registro Social de Hogares?
Entrega la Calificación Socioeconómica de tu hogar, lo cual te permite acceder a distintos Beneficios Estatales. Realizar RSH Paso a paso para realizar el Registro Social de Hogares en línea Aquí
Estos son algunos de los principales beneficios fiscales:
Pensión Garantizada Universal (PGU)
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio del Estado que reemplaza a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) y al Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyo pago mensual está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS). Para conocer el monto de la PGU, puedes visitar el sitio web de ChileAtiende.
Si tienes una pensión base menor o igual a $762.822 mensuales, el monto de la PGU corresponderá a $224.004. Mientras que, si tu pensión base es mayor a $762.823, pero menor a $1.210.828, el valor de la PGU será proporcional. Recuerda que para los pensionados de 82 años o más, el monto máximo de la PGU, a partir de septiembre de 2025, corresponde a $250.000.
¿Cómo postular a la Pensión Garantizada Universal?
Se puede postular a la Pensión Garantizada Universal de manera gratuita y online con el RUT y la Clave Única ingresando aquí
Requisitos:
Tener 65 años o más de edad.
No integrar el 10% más rico de la población, lo que se acredita mediante el Puntaje de Focalización Previsional, que considera algunos datos del Registro Social de Hogares (RSH), además de información relacionada con los ingresos y necesidades del grupo familiar y de los y las postulantes.
Acreditar residencia en territorio chileno, cumpliendo simultáneamente las siguientes condiciones: – Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que cumpliste 20 años de edad, y – Un período no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud del beneficio.
Tener una pensión base menor, hoy, a $1.158.355, conformada por la suma de la Pensión Autofinanciada (PAFE), que calcula la AFP, junto a las demás pensiones que recibes.
Importante:
Podrás acceder a la PGU si cumples los requisitos mencionados antes, sin importar si continúas trabajando, te has pensionado o recibes una pensión de algún régimen previsional (AFP o ex caja de previsión social), aunque en este último caso, tienes que considerar que las pensiones percibidas se suman a la pensión base que sirve para calcular el monto del beneficio.
Si a septiembre de 2025 tenías 82 años o más y recibes una pensión por leyes reparatorias o pensiones de gracia, puedes solicitar el monto completo de la PGU, siempre que cumplas con todos los requisitos.
Si eres una persona pensionada de la caja de previsión de la defensa nacional (capredena) o de la dirección de previsión de carabineros (dipreca), podrás solicitar, a partir de septiembre de 2027, un monto que complemente tu pensión para alcanzar el valor de la pgu, siempre que no seas beneficiario de una pensión en algún otro sistema previsional y cumplas con los demás requisitos.
Los y las titulares de PGU, pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan con los requisitos para ser causantes del sistema; y siempre considerando el tramo de ingresos del beneficiario, para acceder al monto de la asignación.
Bono Invierno
El bono invierno es un beneficio monetario que se ha venido entregando a los pensionados desde el año 2008 y que busca apoyar económicamente a los adultos mayores para poder solventar de mejor manera el aumento de gastos que se produce a causa de la época invernal. Este bono usualmente se paga en el mes de mayo junto con la pensión.
Cabe señalar que este beneficio se revisa año a año por parte del Gobierno, y que tanto su procedencia como sus condiciones pueden cambiar. De todos modos, te informamos los requisitos que tiene actualmente:
A continuación, te contamos algunos de los requisitos que existen para poder postular a este beneficio:
Requisitos:
Tener 65 años cumpidos en adelante
Estar afiliado a alguna de las siguientes instituciones:
– Instituto de Previsión Social (IPS)
– Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
– Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
– Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
– Mutualidades de empleadores.
– Pensionados y pensionadas del sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o PGU.
– Beneficiarios y beneficiarias de PGU.
Recibir una pensión inferior o igual al valor de la Pensión Mínima de Vejez vigente a la época del beneficio.
para mayor información, puedes visitar el sitio del Instituto de Previsión Social (IPS) o de Chile Atiende.
Bono por hijo
Es un beneficio que incrementa el monto de la pensión de la mujer a través de la entrega de una bonificación por cada hija o hijo que haya nacido vivo o que haya sido adoptado, es decir, no se paga al momento del nacimiento, sino que junto a su pensión.
En caso de hijos adoptados, el beneficio se genera tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.
Para mayor información de montos y requisitos de invitamos visitar página de Chile atiende.
Seguro social previsional (SSP)
¿Qué es?
Es un sistema solidario introducido por la reforma de pensiones que entregará nuevos beneficios para mejorar el monto de las pensiones.
¿Qué prestaciones entregará el SSP?
(i) Beneficio por años cotizados:
Es un aporte mensual adicional en UF que se entrega a personas pensionadas por vejez o invalidez en una AFP o Compañía de Seguros, siempre que tengan 65 años o más.
Requisitos:
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Mujeres: mínimo 120 meses (10 años).
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Hombres: mínimo 240 meses (20 años)
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Máximo considerado: 300 meses (25 años).
Importante:
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Las mujeres tendrán un aumento gradual del requisito:
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2028: 132 meses (11 años).
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Aumentará 12 meses cada 24 meses hasta llegar a 180 meses (15 años) en 2036.
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Monto del Beneficio:
Corresponde a 0,1 UF por cada 12 meses cotizados.
Tope máximo: 2,5 UF mensuales (equivalente a 25 años de cotizaciones).
Se suma directamente a la pensión, incluso si la persona ya no tiene saldo en su cuenta.
Inicio del pago:
Enero 2026: para quienes ya estén pensionados y tengan 65 años o más al 31 de julio de 2025, siempre que cumplan requisitos.
Pensionados desde el 1 de agosto de 2025: recibirán el beneficio una vez obtenida su primera pensión, incluyendo retroactivo si corresponde.
(ii) Cotización con rentabilidad protegida:
Es una cotización adicional pagada por el empleador que tiene garantía estatal. Su objetivo es proteger la rentabilidad de las cotizaciones frente a cambios del mercado. El Estado asegura una rentabilidad mínima a través del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP).
¿Cómo funciona?
- La cotización con rentabilidad protegida, se registra como un Bono de Seguridad Previsional.
- Este bono genera intereses y se incorpora a la cuenta individual del trabajador al cumplir la edad legal de jubilación.
- El pago del bono se realiza en 240 cuotas mensuales (20 años)
Financiamiento
La cotización es de cargo exclusivo del empleador y se implementa gradualmente:
- Agosto 2026: 0,9 % de la renta imponible.
- Agosto 2027: se suma 0,6 % → total 1,5 %.
Este aporte:
- Se recauda por 30 años.
- Desde febrero de 2046, comienza a bajar cada año hasta llegar a 0 % en febrero de 2056.
- Desde esa fecha, el 1,5 % completo pasará a la cuenta individual en la AFP.
Pago al jubilar:
Cuando la persona cumple la edad legal de jubilación:
Se genera un Bono Amortizable con la rentabilidad protegida por el Estado.
Se paga en 240 cuotas directamente a su AFP o compañía de seguros.
En caso de fallecimiento:
-
Si la persona muere antes de jubilar y no tiene beneficiarios de pensión de sobrevivencia:
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El monto acumulado por la cotización con rentabilidad protegida, se paga a sus herederos, en las mismas condiciones.
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(iii) Compensación a mujeres por diferencias de expectativa de vida:
La Compensación por Diferencia de Expectativa de Vida es un aporte mensual en UF, similar a una renta vitalicia, destinado a mujeres pensionadas, para complementar su pensión y reducir la brecha con los hombres, quienes reciben montos mayores porque su expectativa de vida es menor.
¿Quiénes pueden recibirlo?
- Mujeres de 65 años o más.
- Que reciban o hayan recibido pensión de vejez o invalidez en una AFP o compañía de seguros según el DL N° 3.500
- Deben tener al menos una cotización al FAPP antes de cumplir 50 años.
- No deben estar cubiertas por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
- Excepción: Las afiliadas antes del 1 de agosto de 2025 no deben cumplir el requisito del FAPP antes de los 50.
Monto y características:
- Mínimo 0,25 UF.
- Se paga solo desde los 65 años, aunque la persona se haya pensionado antes.
- Se paga junto con la pensión autofinanciada, en UF, y está sujeto a impuestos y cotizaciones de salud.
- No requiere postulación: se otorga automáticamente
Porcentaje de compensación:
Para pensionadas antes del 1 de enero de 2026 (sin SIS), según su edad al 1 de enero de 2026:
| 65 años | 100 % |
|---|---|
| 64 años | 75% |
| 63 años | 50% |
| 62 años | 25% |
| 61 años | 15% |
| 60 años | 5% |
Solo reciben pago inmediato en enero 2026 quienes tengan 65 años o más. Las demás comienzan al cumplir 65.
Para mujeres que se pensionen desde el 2 de enero de 2026, se aplica la misma tabla según la edad al pensionarse.
Causales de suspensión o término:
- Se extingue al fallecer.
- Se suspende si la persona:
- Permanece fuera del país más de 180 días en un año calendario.
- No cobra el beneficio durante 6 meses consecutivos.
¿Quién será beneficiario?
Las personas pensionadas o que se pensionen por vejez o invalidez a través de una AFP o compañía de seguros recibirán estos beneficios automáticamente cuando tengan 65 años y cumplan los demás requisitos.
Las AFP, requerirán al IPS que revise si se cumplen los requisitos para que el solicitante acceda a las prestaciones del seguro social previsional y, en caso de cumplirlos, las otorgue.
¿Desde cuándo se entregarán estos beneficios?
A partir de enero de 2026 comenzará a entregarse el beneficio por años cotizados y la compensación a mujeres por diferencias de expectativa de vida.
Fondo autónomo de protección previsional (FAPP)
¿Qué es?
Es un mecanismo que tiene como objetivo financiar las prestaciones y beneficios del seguro social previsional (SPP).
El FAPP se financiará con:
- Parte de las cotizaciones que paga el empleado
- El producto de los intereses, reajustes y recargos por pago fuera de plazo
- Donaciones, herencias y legados
- Un aporte anual del estado
- Sus inversiones y la rentabilidad que obtenga de dichas inversiones.
¿Cómo funciona?
El FAPP es administrado por un organismo público de carácter técnico y autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objetivo es maximizar la rentabilidad a largo plazo del FAPP y velar por su sustentabilidad financiera a través de generaciones.
El organismo administrador establecerá la política de inversiones y luego procederá a licitar la administración de carteras de inversión para la totalidad de los recursos del FAPP. El o los entes privados que se adjudiquen la licitación realizarán las inversiones por un plazo máximo de 10 años.
En todo caso, el organismo administrador continuará siendo responsable de los servicios licitados y deberá ejercer control sobre ellos.
Puedes revisar otros beneficios en la página de Chileatiende.