Sistema Previsional Chileno
El sistema previsional es un mecanismo de seguridad social que tiene como finalidad proveer ingresos a las personas que terminen su etapa laboral, ya sea por su edad o por una invalidez, y proteger al grupo familiar del afiliado, otorgando pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios legales en caso de fallecimiento.
En chile, todos los trabajadores tienen derecho a ahorrar para recibir una pensión, cualquiera sea su condición (independientes, dependientes, hombre, mujer, chileno, extranjero, casados, solteros, etc.).
En 2025 se realizó una importante reforma al sistema de pensiones a través de la Ley 21.735. Dicha reforma tiene como objetivo:
- Aumentar los montos de las pensiones para actuales y futuros pensionados
- Reducir las brechas de género en pensiones
- Incrementar la competencia en el sistema de pensiones
- Repartir mejor el riesgo entre el estado, empleador y trabajador
- Fortalecer el componente solidario del sistema
Como consecuencia de lo anterior, hoy se cuenta con un sistema mixto de pensiones
(capitalización individual + componente solidario)
- Se mantienen las cuentas de capitalización individual que los trabajadores tienen en las AFP. Es decir, se mantiene el aporte contributivo obligatorio y el voluntario.
- Se crea un seguro social previsional (SSP) cuyo objetivo es financiar las prestaciones con componente solidario.
- Se crea el FAPP (fondo autónomo de protección previsional) que corresponde al mecanismo encargado de financiar las prestaciones del SSP.
Se basa en 3 pilares:
Solidario
El Pilar Solidario corresponde a un conjunto de beneficios que entrega el Estado a las familias con menores ingresos, y que tiene por objetivo prevenir la pobreza de la población adulta mayor.
Contributivo Obligatorio:
El Pilar Obligatorio corresponde a las cotizaciones obligatorias, cuyo monto equivale al 10% de la renta imponible. Existen tres tipos de afiliados: los dependientes, los independientes y los voluntarios.
Voluntario
El Pilar Voluntario corresponde a aportes que puedes realizar adicionales al Pilar Obligatorio, para complementar tu ahorro. Algunas de las opciones son: Ahorro Previsional Voluntario en forma individual (APV) o colectiva (APVC) y Depósitos Convenidos.
De forma obligatoria, cuando empiezas tu vida laboral, ya sea de manera dependiente o independiente.
De forma voluntaria, cuando eres trabajador por cuenta propia o personas que quieran acceder incluso sin recibir remuneraciones, como por ejemplo, las dueñas de casa.
Durante tu vida laboral activa, acumulas fondos previsionales que administra la AFP en la que te encuentres afiliado. Tus ahorros se expresan en valores cuotas y eres libre de elegir el fondo en el que se invierte, a excepción del Fondo A, cuando estás a 10 ó menos años de cumplir la edad legal de jubilar.
Existen 4 tipos: Vejez Normal, Vejez Anticipada, Invalidez y Sobrevivencia.
Ser parte del sistema de pensiones.
Haber cumplido 60 años de edad para mujeres y 65 años para los hombres. Sin embargo, el tener la edad legal no significa que debas jubilarte de forma obligatoria.
Para los casos de pensión de Vejez Anticipada, Invalidez y Sobrevivencia, existen requisitos especiales. Esta información podrás encontrarla en el material descargable de cada tipo de pensión.