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Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida

Esta es una modalidad en la que puedes contratar una pensión con la AFP por un corto período, llamado Renta Temporal (1 a 5 años habitualmente), seguida de una Renta Vitalicia en una Compañía de Seguros, que se comienza a pagar al término de ese período temporal. 

 

En esta modalidad, contratas el pago de una pensión de Renta Vitalicia mensual, fija en UF, a partir de una fecha futura con una Compañía de Seguros de Vida, dejando en tu cuenta individual de la AFP un saldo en dinero para financiar  la Renta Temporal hasta que inicie la Renta Vitalicia. 

Una característica importante es que la  pensión  que paga la AFP puede ser hasta el doble de la pensión de Renta Vitalicia, lo que te puede permitir cumplir con compromisos de pago adquiridos o realizar algún sueño pendiente como mejoras en la casa, inversiones, viajes, etc.

DEBES SABER QUE:

 

• El  periodo de Renta Temporal es pagado mensualmente por  la AFP y puede variar año a año, y la pensión de Renta Vitalicia es pagada para toda tu vida por  una compañía de seguros y es fija en UF.

• Los fondos para la Renta Temporal siguen siendo tuyos, mientras que los fondos para financiar la Renta Vitalicia son traspasados a la Compañía de Seguros para financiar tu pensión vitalicia y posteriormente la de tus beneficiarios, si existen.

• En esta modalidad puedes contratar con la Compañía de Seguros condiciones especiales de cobertura para mejorar la pensión de tus beneficiarios de Pensión de Sobrevivencia, en caso de que fallezcas  y si ellos no están, puedes proteger a quien tú desees.

• No es posible cambiarte de modalidad una vez que se ha elegido Renta Temporal con  Renta Vitalicia Diferida.

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