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¿Qué es la Pensión de Vejez?

La pensión de vejez es el derecho que tienen los afiliados del sistema previsional para que una vez jubilados, puedan recibir un ingreso de carácter mensual, con los montos ahorrados en su cuenta de capitalización individual a lo largo de su vida laboral.

Para pensionarte por vejez, debes haber alcanzado la edad de jubilación exigida por la ley, que para las mujeres es de 60 años, mientras que para los hombres es de 65 años. También, es posible pensionarte antes de la edad de jubilación, cumpliendo una serie de requisitos que puedes conocer en la descripción sobre pensión anticipada de vejez.

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60 AÑOS PARA LAS MUJERES

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65 AÑOS PARA LOS HOMBRES

Al pensionarte por vejez, puedes optar por una de las distintas modalidades de pensión que ofrece nuestro sistema: Renta Vitalicia Inmediata, Retiro Programado, Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida o Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado. Conoce más sobre estas modalidades en nuestro material acerca de Modalidades de pensión en menú superior.

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Es posible pensionarte anticipadamente por vejez, es decir, antes de cumplir la edad legal de jubilación “60 años para mujeres y 65 para hombres “, siempre y cuando cumplas con los siguientes requisitos:

SABER MÁS

El sistema de pensiones no sólo se encarga de proveer pensiones a aquellas personas que hayan terminado su etapa laboral, sino que también se preocupa de proteger al grupo familiar del afiliado en caso de fallecimiento, mediante el pago de pensiones de sobrevivencia.

La Pensión de Sobrevivencia es un monto al cual tienen derecho tus beneficiarios legales en caso de que llegues a fallecer, estando activo o pensionado. Esta pensión será financiada mediante el saldo de tus ahorros, y cuando aplique, a través del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.

SABER MÁS

La Pensión de Invalidez es un monto que se otorga en caso de sufrir una disminución permanente de tu capacidad de trabajo a causa de una enfermedad o por una disminución de tus fuerzas físicas o intelectuales.

Para acceder a esta pensión, es necesario que estés afiliado a una AFP, que aún no hayas cumplido la edad de jubilación (65 años para los hombres y 60 años para las mujeres), que la invalidez no haya sido producida por un accidente de trabajo o enfermedad profesional y haber sido declarado con una invalidez parcial o total por una Comisión Médica dependiente de la Superintendencia de Pensiones.

Esta pensión será financiada a través de los ahorros del trabajador y por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). En caso de que no tengas el SIS, tu Pensión de Invalidez será financiada únicamente con tus ahorros.

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