La pensión de vejez es el derecho que tienen los afiliados del sistema previsional para que una vez jubilados, puedan recibir un ingreso de carácter mensual, con los montos ahorrados en su cuenta de capitalización individual a lo largo de su vida laboral destinados a pensión.
Para pensionarte por vejez, debes haber alcanzado la edad de jubilación exigida por la ley, que para las mujeres es de 60 años, mientras que para los hombres es de 65 años. También, es posible pensionarte antes de la edad de jubilación, cumpliendo una serie de requisitos que puedes conocer en la descripción sobre pensión anticipada de vejez.
60 AÑOS PARA LAS MUJERES
65 AÑOS PARA LOS HOMBRES
Al pensionarte por vejez, puedes optar por una de las distintas modalidades de pensión que ofrece nuestro sistema: Renta Vitalicia Inmediata, Retiro Programado, Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida o Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado. Conoce más sobre estas modalidades en nuestro material acerca de Modalidades de pensión en menú superior.